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Beneficios fiscales de las Energías Renovables 

La energía solar además de ser una excelente inversión a mediano y largo plazo al ahorrar en el recibo de CFE y ayudar al medio ambiente, también ofrece grandes beneficios fiscales para personas físicas y morales que ayudan a su economía. En México, el Gobierno Federal apoya a cualquier persona o empresa que pague impuestos en el país para que invierta en energías renovables, y así obtengan grandes beneficios en su próxima declaración fiscal.


  • Artículo 34 fracción XIII de la LISR. Se establece que toda inversión que se haga en energías renovables sera deducible de impuestos al 100% en la compra de maquinaria y equipo utilizado en la generación de fuentes renovables o cogeneración de electricidad eficiente. Esto es una manera legal y eficiente de reducir los mismos ya que a la larga genera un activo que no solo permite la deducción sino también reduce los costos de operación de tu empresa al bajar hasta en un 98% tu factura de energía eléctrica.
Será aplicable siempre que la maquinaria y equipo seencuentren en operación o funcionamiento durante unperiodo mínimo de 5 años inmediatos siguientes al ejercicioen el que se efectúe la deducción, salvo en los casos a quese refiere el artículo 37 de esta Ley.
Cada año, deberas incluir una declaración complementaria en la que informes que el sistema se encuentra en operación.


  • Artículo 276 (tercer párrafo) CFF de CDMX. Permite obtener una reducción de hasta el 20% de los derechos por suministro de agua. 
    Asimismo, los propietarios de viviendas o bienes inmuebles de uso habitacionalque instalen y utilicen dispositivos como lo son paneles solares, y sistemas de captación de agua pluvial que acrediten una disminución de al menos un 20%, enel consumo de energía y/o agua o el reciclaje de esta última, podrán obtener unareducción de hasta el 20% de los Derechos por Suministro de Agua que determineel Sistema de Aguas. Las reducciones a que se refiere el presente artículo seaplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 de este Código.
    Los propietarios de los bienes inmuebles a que se refiere el párrafo anterior,deberán presentar una constancia expedida por la Secretaría de Medio Ambiente,en la que se precise el tipo de dispositivos con que cuentan y los beneficios querepresentan para el ahorro de energía eléctrica y/o agua.

  • ARTÍCULO 277 CFF de CDMX. Permite obtener una reducción de hasta el 40% respecto del Impuesto Sobre Nóminas.
En los términos siguientes: 
I. Del 20%, cuando disminuyan sus condiciones normales de operación de un 30%hasta 44%; 
II. Del 30%, cuando disminuyan sus condiciones normales de operación de un45% hasta 59%, y 
III. Del 40%, cuando disminuyan sus condiciones normales de operación de un60% hasta 100%.
Tratándose de accionesrelacionadascon el consumo de agua potable,combustible o energía eléctrica, o minimización o manejo adecuado de residuosmediante rediseño de empaques y embalajes y/o la utilización de materialesbiodegradables y/o fácilmente reciclables, se deberá acreditar disminuir el valororiginal determinado antes de la aplicación del programa de Autorregulación yAuditoría Ambiental, además de precisar el tipo de acciones que realizan y losbeneficios que representan para mejorar el medio ambiente.
I. Del 10%, cuando adquieran, instalen y operen tecnología, sistema, equipos ymateriales que reduzcan sus emisiones contaminantes de un 30% hasta 39%; 
II. Del 15%, cuando adquieran, instalen y operen tecnología, sistema, equipos ymateriales que reduzcan sus emisiones contaminantes de un 40% hasta 49%, y 
III. Del 20%, cuando adquieran, instalen y operen tecnología, sistema, equipos ymateriales que reduzcan sus emisiones contaminantes de un 50% hasta 100%.


  • Articulo 279 CFF de CDMX. Reducción de 55% de Impuesto Sobre Nóminas, 30%por Predial y 80% sobre adquisición de inmuebles. 
Las empresas que acrediten que iniciaron operaciones en los sectores de alta tecnología, tendrán derecho a una reducción equivalente al 55% respecto delImpuesto sobre Nóminas, del 30% por concepto del Impuesto Predial y del 80%tratándose del Impuesto sobre Adquisición de inmuebles.Para la obtención de la reducción, las empresas deberán presentar una constanciade la Secretaría de Desarrollo Económico, con la que se acredite que la empresade que se trate, tiene como objeto social la innovación y desarrollo de bienes y servicios de alta tecnología, en áreas como las relativas a desarrollo de procesos y productos de alta tecnología; incubación de empresas de alta tecnología; sistemasde control y automatización; desarrollo de nuevos materiales; tecnologías; informáticas; telecomunicaciones; robótica; biotecnología; nuevas tecnologías energéticas y energías renovables; tecnologías del agua; tecnología para elmanejo de desechos; sistemas de prevención y control de la contaminación y áreas a fines.

Las empresas industriales o de servicios ubicadas en el Distrito Federal queadquieran, instalen y operen tecnologías,sistemas, equipos y materiales orealicen acciones que acrediten prevenir o reducir las emisiones contaminantesestablecidos por las normas oficiales mexicanas y las ambientales para el DistritoFederal, podrán obtener una reducción respecto del Impuesto Predial, en lostérminos siguientes: 

La instalacion de tecnologias renovables son una opción viable y recomendable para todos les negocios que estén considerando adquirir paneles solares para sus inmuebles. De esta manera los múltiples beneficios de los paneles serán aprovechados a su máximo potencial. Incluyendo los beneficios de ahorro, medio ambiente, e incentivas fiscales.  

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